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Noticias:
De la formación
al desarrollo de las competencias
Por Rogelio Navarro Domenichelli
El mundo del trabajo está sufriendo mutaciones profundas. La
tecnología aumenta la productividad y, a menudo, reduce los
puestos de trabajo. Estamos así abocados a un lento, pero
inexorable cambio de perspectiva : un paso desde el puesto fijo a la
'empleabilidad'.
Desde nuestra perspectiva, las nuevas estrategias tanto en materia de
producción y gestión de personal, deben hacer frente a un
nivel de competencia que se intensifica y debe conllevar un incremento
continuo de la productividad y de la innovación. En la
actualidad se debe de plantear cuál es el marco laboral capaz de
garantizar la creación del mayor número posible de
puestos de trabajos y de afrontar los retos producidos por la
transformación y la optimización de los Recursos Humanos
disponibles.
Partimos de la premisa de que una adecuada estrategia en materia de
Recursos Humanos debe fundamentarse en el desarrollo continuo de la
productividad y la rentabilidad, y a su vez deben incidir en
requerimientos de mayor cualificación y especialización
técnica para los distintos puestos de trabajo. Estamos ante un
proceso en que la calidad de las funciones y competencias de los
distintos puestos de trabajo se modifica por la introducción de
nuevas tecnologías, pero esto no debe implicar necesariamente la
reducción de puestos de trabajo, sino más bien a la
inversa la mayor especialización de las competencias
debería incrementar el número de éstos.
Es cierto que en la actual situación no siempre las empresas
aplican dicha premisa, sino que se interpreta que la rentabilidad viene
dada por el ahorro de costes laborales interpretando el concepto de
flexibilidad como la utilización polivalente de los trabajadores
incrementando sus funciones. En estas situaciones es donde la
formación se utiliza como mero adiestramiento de los
trabajadores, lo que presupone lógicamente a un aumento de
beneficios para la empresa pero no a una disminución importante
de la calidad a largo plazo.
Las políticas de recursos humanos en las empresas pueden tener
una interpretación positiva siempre que éstas no incidan
en la precarización de las condiciones laborales de los
trabajadores y trabajadoras para el acceso al empleo, para la
recalificación destinada a la reinserción y para la
promoción o adaptación a las nuevas necesidades de la
producción, y en general cuando el diseño de
políticas productivas de la empresa se hallen fundamentadas en
eficaces sistemas de gestión de Recursos Humanos, que a su vez
impliquen la Formación Continua de éstos.
El objetivo debe ser tender a generar empleo de calidad, y para ello
debemos de redefinir en el actual mercado laboral la estabilidad
laboral, incidiendo en que la formación y cualificación
para el desarrollo personal y profesional de los individuos es el
factor que debe dotar de esta estabilidad a éstos, a
través del desarrollo de competencias que demanda el sistema
productivo.
La formación no debe suponer en ningún caso un mero
adiestramiento puntual para que los individuos adquieran distintas
competencias que la transformación industrial va demandando. La
formación debe configurarse como un concepto global necesario
para el individuo a lo largo de toda su vida y que le dotará de
un desarrollo integral en la adquisición de competencias y
capacidades para su cualificación profesional, así como
de la capacidad para aprender.
Serán sus competencias adquiridas y su capacidad para aprender
las que le permitan adecuarse tanto a las transformaciones
profesionales como sociales e individuales. A su vez esto le
permitirá desarrollarse en su ámbito social y profesional
enfrentándose a los retos que los cambios del entorno productivo
le presenten.
Ya no hablamos únicamente de formación para el empleo, ni
siquiera para el puesto de trabajo, sino para la mejora de las
competencias personales y de la organización. En este contexto,
se entiende por competencia profesional, el conjunto de conocimientos y
capacidades que permiten el ejercicio de la actividad profesional
conforme a las exigencias de la producción y el empleo.
No obstante podríamos distinguir tres tipos de competencias:
1.Competencias profesionales específicas:
Son aquellos conocimientos y capacidades directamente necesarias para
ejercer una profesión/ocupación. Se circunscriben a un
reducido campo laboral y no son aplicables fuera de él.
2. Competencias profesionales genéricas:
Son aquellos conocimientos y capacidades aplicables a una serie de
profesiones/ocupaciones conexas. Abarcan un campo laboral amplio, es
decir, todas las profesiones pertenecientes a una misma "familia
profesional" y son transferibles dentro de ciertos límites.
3. Competencias transversales:
Son aquellos conocimientos, capacidades, actitudes y aptitudes
aplicables a todas las situaciones ocupacionales. Estas competencias
abarcan a todo tipo de ocupaciones, en mayor o menor grado, y aportan
una vertiente cualitativa a las competencias genéricas y
específicas.
El desarrollo del valor añadido de las competencias permite que
el sujeto sea competente más allá de las exigencias
básicas de un puesto de trabajo.
En este sentido están surgiendo muy recientemente nuevos
enfoques en la gestión de los recursos humanos , en el aspecto
de la 'dirección por competencias personales', con el fin de
abrir nuevas expectativas que faciliten la movilidad funcional, la
motivación en el trabajo y el progreso profesional y personal, a
la vez que provoquen una nueva forma de pensar, de 'aprender a
aprender' y así ser capaces de incorporar los nuevos
conocimientos que desarrollen al máximo las 'competencias
profesionales' o generen nuevas capacidades personales.
De lo expuesto anteriormente se deduce, sin lugar a dudas, cual debe
ser el papel de la Formación Profesional Continua en los
países de la Unión Europea y en particular en
España. En concreto, el objetivo de competitividad puede
abordarse por dos vías: la primera es la Vía Precio, que
consiste en el abaratamiento de los costes que constituye una
condición necesaria pero no suficiente. Otra vía la
constituyen la Calidad y el Diseño de los productos, que solo se
consiguen mediante innovación, capacidad de desarrollo
así como con la absorción de nuevas tecnologías y
su adaptación a las necesidades específicas de cada
empresa. Esta ventaja competitiva solo se logra a través del
incremento de las capacidades humanas y de las organizaciones
más productivas, eficientes e innovadoras.
Una de las asignaturas pendientes de nuestra economía - tal y
como ha sido corroborado en páginas precedentes - es la
formación de los trabajadores, con un nivel alejado al de la
mayoría de los países miembros de la Unión
Europea, lo que representa un obstáculo para lograr la
convergencia, dificultando la mejora de la productividad, incrementando
los costes y, en consecuencia, reduciendo la competitividad
internacional.
De todo lo anterior se deduce la importancia que en España
presenta estos cruciales momentos - de modernización productiva
y de convergencia económica, a la vez que de mejora de la
competitividad, de necesidad de un mayor conocimiento y de
reducción del importante desempleo- la formación
profesional continua o la 'formación permanente'. Hay que
recordar que la propia Comisión Europea ha señalado para
el caso español que una de las debilidades competitivas
más importantes, actuando de freno en el desarrollo
tecnológico de España y de su crecimiento
económico, son las deficiencias en el nivel de formación
de nuestros trabajadores.
Para que la FPC pueda desempeñar este papel estratégico
para mejorar la competitividad de la empresa en particular y de la
economía en su conjunto, es necesario conocer las necesidades de
formación. Pero, antes de entrar a la introducción de
dichas dimensiones, conviene destacar los principios que explican el
alcance de la formación continua:
1. Formación continua significa la posibilidad de lograr una
cualificación profesional a medida de la empresa, en otras
palabras desarrollar las competencias personales como 'competencias
básicas distintivas'.
2. La formación continua permite redefinir los puestos de
trabajo y el desempeño de las nuevas ocupaciones en el marco de
la negociación colectiva, con el fin de que se rentabilice el
gasto de personal y las empresas puedan adaptarse al cambio
desarrollando competencias tecnológicas y organizativas
necesarias.
3. La formación continua crea vínculos más
estables en las relaciones laborales, facilitando condiciones
organizacionales para hacer frente a la nueva competitividad.
4. La formación continua, facilita al trabajador una base
profesional más amplia, haciendo aparecer en él elementos
como la iniciativa y la creatividad o la capacidad de
adaptación. La empresa cuenta así con un instrumento
versátil idóneo para que el trabajador participe en la
estrategia empresarial.
Es importante considerar, en relación, a las acciones de FPC que
existe cierta dificultad de llevar a cabo con efectividad y eficiencia
dichas acciones, en particular en las pymes, para que seán una
respuesta a las necesidades reales de éstas, más que a
una lógica determinada de la oferta en este mercado de servicios
a las empresas, ya que la respuesta de las Pymes debe estar bien
integrada en las estrategias de aquéllas y en sus propias
políticas de personal y planes de viabilidad. Las acciones de
formación se estructuran normalmente a partir de la referencia
de los sectores y de las <>, como relaciones obligadas, aunque en
esta función generadora de conocimientos y capacidades hay que
tener en cuenta otras características, sin las cuales, su papel
estratégico en la mejora de la competitividad quedaría
bastante limitado. Estas características, entre otras posibles,
son las siguientes:
Formas en que se imparten las acciones formativas (presencial, a
distancia, externa, en el puesto de trabajo, etc.).
Cualificación o nivel profesional de las personas sujetas a las
acciones formativas.
Area funcional en que desempeñan su trabajo las personas.
Edad y sexo de los trabajadores
Tamaño y ciclo de la vida de las empresas
Comunidad de pertenencia de las empresas, con sus
características industriales, sociales y demográficas.
A su vez las acciones de formación profesional continua deben
considerar las siguientes ideas básicas:
El aprendizaje es un proceso personal que requiere de la
participación activa de los alumnos y alumnas.
El aprendizaje es un proceso que tiene unas características,
estrategias y ritmos diferentes en cada persona.
El aprendizaje es social y en gran medida colaborativo.
Se aprende a través de procesos integrados que combinan aspectos
teóricos y prácticos. El saber se adquiere necesariamente
fuera de la práctica pero inevitablemente deben traducirse a
ella, referirse a ella.
Las herramientas informáticas son un medio para el manejo de la
información. No constituyen un fin en sí mismas.
En suma, integrando los sectores, las familias profesionales y las
características anteriores deberá intentarse la
configuración de la demanda de FPC, a través de procurar
la definición de las auténticas necesidades de
formación de las empresas, en especial las pymes, de manera que
faculten la generación de las competencias esenciales, con el
fin de que puede ser una realidad la mejora e competitividad y la
efectiva adecuación de los trabajadores y trabajadoras a los
retos que presenta en estos momentos la sociedad del conocimiento.
Por su parte, el papel de las competencias personales, suma de
actitudes, conocimientos y capacidades, es el resultado del conjunto de
dimensiones y factores conceptuales que integran la sociedad del
conocimiento, heredera de la llamada 'sociedad postindustrial'.
En suma, estas competencias deben ser objeto de atención de la
formación profesional, y en este caso de la formación
profesional continua ya que su función es la de lograr, a
través de los procesos de aprendizaje, el desarrollo necesario
de conocimientos y capacidades para que las personas alcancen las
cualificación profesional requerida para el mejor
desempeño de su actividad o tarea, y en en estas condiciones de
nuestro entorno socio-económico la inversión en capital
humano, a través de la educación y la formación a
lo largo de toda la vida activa, es hoy en día, una
acción estratégica de primer orden de los gobiernos de
los países con los que debemos alinearnos para competir. La
construcción de un sistema de educación permanente y
formación continua es un factor esencial del progreso
económico y social.
Rogelio Navarro Domenichelli
ARRIBA
Claves del arraigo del
sistema arbitral en España
Por Miguel Ángel Gimeno
Es necesario un consenso global en nuestra sociedad para que se
implante el sistema arbitral en nuestro país. En un contexto
donde la litigiosidad se ha incrementado notablemente, parece razonable
junto con el esfuerzo de los poderes públicos por mejorar la
imagen y el funcionamiento de la justicia, apostar por las soluciones
extrajudiciales de los conflictos. Un tejido empresarial como el
español, formado en su mayoría por pequeños y
medianos empresarios no puede perder tiempo y dinero pleiteando en los
tribunales, ya de por sí colapsados.
Ante esta situación, muchos países europeos han decidido
seguir las diversas recomendaciones que el Consejo de Europa viene
emitiendo desde 1988 y desarrollado su propio sistema arbitral. En
nuestro país, la recién aprobada Ley de Arbitraje de 23
de diciembre del 2003, sustitutoria de la aprobada en 1988, viene a
poner de actualidad la necesidad de crear un contexto estable y
definido que sirva de desarrollo a este sistema de manera definitiva.
Consideramos necesarios diversos aspectos para que se implante de
manera definitiva el arbitraje como sistema alternativo. A
continuación destacamos algunos de los puntos más
interesantes de cara a un mejor desarrollo del arbitraje en nuestro
país:
a) Consenso general en la sociedad española: es fundamental que
todas las fuerzas políticas y estamentos sociales adviertan la
necesidad de crear y fomentar esta nueva vía alternativa a la
justicia ordinaria. Valores como la rapidez, el ahorro, o la
discreción del proceso avalan la implantación del
arbitraje.
b) Campaña divulgativa de la Administración: la
Administración ha puesto en marcha una Ley. Ahora puede ser el
momento de organizar una campaña divulgativa en diferentes
medios informativos que eduque al ciudadano sobre el arbitraje. Hay que
crear una cultura del arbitraje que ya existe (y funciona) en otros
países.
c) Apoyo del colectivo de abogados: es necesario que el abogado, asesor
personal en muchos casos del empresario, vea y contemple el arbitraje y
sus ventajas. Puede asesorar a su cliente como parte y con la rapidez
del sistema poder asesorar en otros asuntos. Su figura sigue siendo
imprescindible en el arbitraje de derecho.
d) Fomento del arbitraje sectorial: sería ideal que cada
colectivo empresarial pueda organizar y gestionar su propio sistema de
arbitraje. Ahí está como ejemplo la Corte de Arbitraje de
la Franquicia, uno de los sistemas pioneros en nuestro país.
e) Formación y captación de árbitros: el arbitraje
y su implantación requiere la figura del profesional
independiente o árbitro. Este profesional necesita de una
formación específíca de acuerdo con su bagaje
profesional. No sería descartable poner en marcha una Escuela de
Árbitros.
f) Especialización de los árbitros: precisamente en ese
contexto de arbitraje sectorial, los árbitros para un mejor
conocimiento y resolución de las disputas, tendrán una
base formativa amplia en aquellos temas que les toque arbitrar.
g) Coordinación de las diferentes Cortes de Arbitraje: en ese
afán divulgativo resulta imprescindible que el ciudadano conozca
como funcionan las Juntas Arbitrales de Consumo y los diferentes
Servicios de Mediación existentes en las Comunidades
autónomas. Están más centrados en el consumidor.
La empresa puede optar por las diversas Cortes de Arbitraje que hay,
públicas o privadas.
h) Proliferación del mercado del arbitraje: frente a la
iniciativa pública encabezada por las Cámaras de
Comercio, el empresario podrá elegir entre diversas alternativas
de arbitraje. Ahora la nueva Ley aboga por las asociaciones sin
ánimo de lucro como posibles Cortes de Arbitraje. Aquella que se
caracterice por su profesionalidad y buen servicio será la que
se encuentre mejor posicionada.
i) Aceptación de la cláusula de arbitraje y de la
ejecución del laudo del árbitro: insistir en los diversos
procesos formativos y acciones divulgativas de la necesidad de que el
empresario incluya la cláusula de arbitraje, siempre es gratuito
este servicio, para que a posteriori se pueda ir al arbitraje. Respecto
al laudo o dictamen del árbitro, varía entre tres meses
(en el caso de ACAM) y seis de otras Cortes de Arbitraje. Contra el
laudo no cabe recursos salvo su solicitud de anulación por
alguna de las estrictas cusas tasadas en la nueva Ley de Arbitraje.
j) En definitiva, acudir al arbitraje es un síntoma de madurez
de una sociedad. Se elige a un tercero de confianza que será la
persona que dirima la disputa. Ese tercero podrá ser un experto
independiente en la materia sobre la que se deba laudar. Estamos
hablando entonces del arbitraje de derecho (ajustado a las normas
legales) o el arbitraje de equidad (donde el árbitro basa su
laudo en su propio juicio y experiencia).
Miguel Ángel
Gimeno
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